Litigio y defensa bancaria

Arbitraje bancario y financiero

El ARBITRAJE BANCARIO Y FINANCIERO es cada vez más frecuente en Panamá especialmente para disputas complejas con contrapartes internacionales. Base panameña: Ley 131 de 31 de diciembre de 2013 (Arbitraje Comercial Nacional e Internacional) + Reglamento Centro de Conciliación y Arbitraje (CCAP). Aplicaciones: (a) SINDICATED LOANS con cláusula ICC arbitration; (b) ISDA Master Agreement (LMAA o similar); (c) CARTAS DE CRÉDITO con disputa fraud/documentaria; (d) FINANCIAMIENTO PROYECTO con múltiples partes internacionales; (e) DISPUTAS ACCIONISTAS bancarios. DTR redacta cláusulas arbitrales robustas, representa a partes en procedimiento, y ejecuta laudos (Convenio de New York 1958 ratificado por Panamá).

Decreto principal Ley 131 de 31 de diciembre de 2013 (Arbitraje Comercial) + Convenio Nueva York 1958 (Ley 5/1983) + CCAP + reglas ICC/LMAA/UNCITRAL.
Plazo del trámite Arbitraje típico: 12-24 meses hasta laudo. Ejecución: adicional variable.
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • Cláusula arbitral: precisar seat, idioma, ley aplicable, institución, tribunal (1 o 3 árbitros).
  • Confidencialidad: usualmente pactada.
  • Ejecución de laudo internacional: Convenio Nueva York aplicable.
  • Medidas cautelares: el árbitro puede o el juez puede — pactar.
  • Costos: significativos — evaluar viabilidad económica.
  • Anulación (revisar Ley 131/2013): causales limitadas.

Es para usted si...

  • Empresa con contrato bancario a alto valor con cláusula arbitral.
  • Prestamista con acuerdo sindicado con contrapartes internacionales.
  • Beneficiario o emisor de carta de crédito con disputa fraud.
  • Accionista con disputa societaria bancaria.
  • Firma legal coordinando arbitraje internacional con seat en Panamá.

Requisitos

  • Cláusula arbitral en el contrato.
  • Documentación completa de la disputa.
  • Selección de árbitro(s) + institución.
  • Presupuesto y calendario arbitral.

Plazos

Trámite
Arbitraje típico: 12-24 meses hasta laudo. Ejecución: adicional variable.

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Cotización según cuantía y complejidad. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

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Servicios DTR

Redacción de cláusulas arbitrales robustas, representación en arbitraje CCAP/ICC/UNCITRAL, ejecución de laudos, y defensa contra anulación.

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