Mala praxis médica (víctima)
La mala praxis médica genera responsabilidad civil del profesional de la salud y/o del establecimiento (clínica, hospital) por daños causados al paciente por negligencia, impericia o violación de la lex artis. La acción del paciente/familiar es civil ordinaria bajo Arts. 1644+ CC. La cuenta debe iniciarse con queja ante Consejo Técnico Médico y peritajes médicos independientes.
- Prescripción de 1 año — obtener historia clínica inmediatamente.
- Queja ante Consejo Técnico Médico: no obligatoria pero recomendable como paso probatorio.
- Peritaje médico independiente: costoso pero determinante — sin él no se gana el caso.
- Responsabilidad institucional de clínica/hospital: solidaria con el médico en muchos casos.
- Póliza de responsabilidad profesional del médico: notificar a la aseguradora.
- Diferencia con reclamo penal por lesiones culposas — vías paralelas posibles.
- Cross-ref: la sub-área 'Salud' cubre la defensa del profesional; esta es la perspectiva de la víctima.
Es para usted si...
- Paciente lesionado por mala praxis (error de diagnóstico, tratamiento inadecuado, cirugía deficiente).
- Familiares de paciente fallecido por presunta mala praxis.
- Casos con secuelas permanentes o discapacidad.
- Reclamos contra clínica u hospital (responsabilidad institucional).
Requisitos
- Historia clínica completa (obtener antes que se pierda).
- Segundo dictamen médico independiente.
- Pruebas del daño y secuelas.
- Facturas médicas de tratamiento adicional.
- Queja ante el Consejo Técnico Médico (paso previo recomendado).
Plazos
- Trámite
- Queja CTM: 6-12 meses. Proceso ordinario CPC 402/2023: 18-36 meses (por peritajes complejos). Prescripción: 1 año desde conocimiento del daño.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según daño y complejidad. Consultar pacto de cuota litis según normas del CNA.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Código Civil (Ley 2/1916), Arts. 1644-1660 + normas del Consejo Técnico Médico + Código Sanitario.
- Código Civil, Arts. 1644-1660 (responsabilidad extracontractual).
- Código Civil, Arts. 985-1050 (si hay vínculo contractual médico-paciente).
- Ley que crea el Consejo Técnico Médico y Reglamento.
- Código Sanitario y normas MINSA.
- CPC Ley 402/2023.
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
Los casos de mala praxis se ganan con historia clínica + peritaje independiente + testimonio de otros profesionales. Sin esos tres pilares, el caso se cae. El plazo de prescripción de 1 año obliga a moverse rápido.
Servicios DTR
Aseguramos historia clínica, coordinamos peritajes médicos independientes, tramitamos queja ante Consejo Técnico Médico, redactamos demanda civil solidaria contra médico + clínica, y negociamos con aseguradoras.