Impugnación de testamento
La impugnación de testamento busca declarar su nulidad o anulabilidad. Las causales típicas son: incapacidad del testador al momento de otorgarlo (Alzheimer, coacción), vicios de forma (falta de testigos, firma), vicios del consentimiento (error, dolo, violencia), preterición de heredero forzoso (Arts. 1486+ CC) o desheredación sin causa legal. Se tramita como proceso ordinario bajo el CPC Ley 402/2023.
- Plazo de prescripción de la acción: variable según causal (nulidad absoluta imprescriptible; anulabilidad usualmente 4-5 años).
- La mera preterición no invalida todo el testamento — puede reducirse la disposición para incluir la legítima omitida.
- El nuevo CPC Ley 402/2023 exige MARC (mediación) previo a sentencia.
- La prueba pericial médica sobre capacidad al momento de testar es central y costosa.
- Medidas cautelares (Arts. 331+ CPC): posible secuestro de bienes en riesgo de disipación.
Es para usted si...
- Heredero forzoso preterido u omitido injustamente en el testamento.
- Heredero desheredado sin causa legal expresa y probada.
- Familiar que sospecha que el testador no tenía capacidad al testar (demencia, coacción).
- Heredero que detecta vicios de forma (falta de testigos válidos, fecha, firma).
- Heredero que descubre falsificación o alteración post-mortem.
Requisitos
- Cédula del impugnante y prueba de su condición de heredero o legatario.
- Copia autenticada del testamento impugnado y del auto de aceptación de herencia.
- Certificado de defunción del testador.
- Prueba de la causal (peritajes médicos, testigos, expedientes clínicos, dictámenes caligráficos).
- Historia clínica del testador si se alega incapacidad.
Plazos
- Trámite
- Proceso ordinario CPC 402/2023: 8-18 meses aproximados según complejidad y prueba pericial. MARC previo obligatorio.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según complejidad y patrimonio en disputa. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Código Civil, Arts. 1440-1480 (formas y validez del testamento) + Arts. 1486+ (preterición y desheredación) + CPC Ley 402/2023 (procedimiento ordinario).
- Código Civil, Arts. 1401-1440 (capacidad para testar).
- Código Civil, Arts. 1441-1480 (formas testamentarias — vicios formales).
- Código Civil, Arts. 1486-1500 (preterición, desheredación, causales).
- CPC Ley 402/2023 (proceso ordinario para la impugnación).
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
La impugnación de testamento es litigiosa por definición — ataca la última voluntad del fallecido. La preparación probatoria (peritos médicos, testigos, expedientes clínicos, dictámenes caligráficos) es lo que gana el caso, no la argumentación jurídica.
Servicios DTR
Evaluamos viabilidad de la impugnación, gestionamos peritos, redactamos la demanda ordinaria bajo el nuevo CPC, negociamos MARC previo cuando conviene y llevamos la causa hasta segunda instancia si es necesario.