Sucesiones

Juicio sucesorio intestado (ab intestato)

El sucesorio intestado (ab intestato) opera cuando no hay testamento válido, o el existente es nulo, o no comprende todos los bienes. La ley establece el orden de vocación: descendientes → ascendientes → cónyuge → colaterales hasta 4to grado → Estado (Arts. 1501-1600 CC). Se tramita bajo el CPC Ley 402/2023 con declaratoria previa de herederos, inventario, aceptación y partición.

Decreto principal Código Civil (Ley 2/1916), Arts. 1501-1600 (sucesión legal/intestada) + CPC Ley 402/2023 (proceso especial).
Categoría comercial Sucesiones — Juicio sucesorio intestado
Plazo del trámite Proceso especial CPC 402/2023: 8-24 meses aproximados. Depende de la cantidad de herederos y bienes.
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • Orden de vocación: primero descendientes (hijos y nietos por representación); si no hay, ascendientes; luego cónyuge sobreviviente; luego colaterales hasta 4to grado; en última instancia el Estado.
  • El cónyuge NO desplaza a los hijos — concurre con ellos según reglas de gananciales.
  • Hijos matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos heredan por igual (Art. 1509 CC — no discriminación).
  • Búsqueda notarial obligatoria para confirmar inexistencia de testamento.
  • Herederos no notificados pueden reclamar posteriormente su cuota (petición de herencia — Arts. 1560+ CC).
  • Aceptación con beneficio de inventario: recomendable si hay deudas o pasivos inciertos.

Es para usted si...

  • Familiares que descubren que el fallecido murió sin testamento.
  • Cónyuge sobreviviente sin testamento previo del causante.
  • Hijos únicos o múltiples herederos forzosos.
  • Colaterales (hermanos, sobrinos) en ausencia de descendientes/ascendientes/cónyuge.
  • Acreedores del causante que necesitan identificar herederos para cobrar.

Requisitos

  • Certificado de defunción.
  • Certificados de nacimiento/matrimonio que acrediten parentesco.
  • Declaración jurada de inexistencia de testamento (con búsqueda notarial).
  • Cédula de los presuntos herederos.
  • Certificaciones del Registro Público de bienes.
  • Inventario preliminar del patrimonio.

Plazos

Trámite
Proceso especial CPC 402/2023: 8-24 meses aproximados. Depende de la cantidad de herederos y bienes.

Costos y honorarios

Honorarios profesionales

Los honorarios se cotizan según patrimonio y complejidad. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

El intestado es más largo y conflictivo que el testamentario porque hay que identificar a todos los herederos, probar parentescos y muchas veces mediar entre familiares con expectativas dispares. La declaratoria de herederos es la etapa crítica: si se omite un heredero, todo el proceso queda expuesto.

Servicios DTR

Iniciamos búsqueda notarial de testamento, redactamos declaratoria de herederos, gestionamos inventario y avalúos, coordinamos partición, y llevamos conflictos entre herederos o con acreedores del causante.

Cuéntenos su caso

Le decimos qué necesita, cuánto tarda y cuánto cuesta antes de arrancar. Respuesta en menos de 24 horas hábiles.

Chat