Adopción nacional (Ley 61/2008)
La adopción nacional es un proceso administrativo-judicial regulado por la Ley 61/2008. Comprende la calificación de los adoptantes, la asignación del menor y la sentencia de adopción.
- El proceso completo toma 12-24 meses típicamente.
- La SENNIAF califica a los adoptantes antes de la etapa judicial.
- Requiere convivencia preadoptiva de 6 meses supervisada.
- La sentencia crea vínculo filial pleno e irrevocable.
Es para usted si...
- Pareja o persona que quiere adoptar en Panamá
- Familia adoptante residente en Panamá
- Adopción de menor en estado de adoptabilidad
Requisitos
- Cédulas de los adoptantes
- Certificado matrimonio si aplica
- Certificados de nacimiento adoptantes
- Certificaciones de antecedentes penales
- Evaluación psicológica y social
- Certificados de salud
- Certificación económica
Plazos
- Trámite
- Según complejidad y vía procesal — se estima en la propuesta escrita
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según complejidad del caso. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Ley 61 de 12 de agosto de 2008 (Ley General de Adopciones)
- Ley 61 de 12 de agosto de 2008 (Ley General de Adopciones)
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
La adopción nacional bajo la Ley 61/2008 es un proceso riguroso pero garantista. El acompañamiento legal continuo es clave para completar todas las etapas.
Servicios DTR
Analizamos su caso concreto, definimos la estrategia, preparamos toda la documentación probatoria y le acompañamos ante los Juzgados de Familia hasta la resolución.