Teletrabajo (Ley 76/2020)
El teletrabajo se regula por la Ley 76 de 22 de diciembre de 2020, que establece: modalidades (regular, ocasional, mixta), voluntariedad y reversibilidad, obligación del empleador de proporcionar equipos y/o compensar servicios (internet, electricidad, ergonomía), derecho de desconexión digital, aplicación del régimen laboral general en todo lo no especial. Explosión de uso post-COVID.
- Voluntariedad y reversibilidad: teletrabajo NO puede imponerse unilateralmente — requiere acuerdo escrito.
- Provisión de equipos: computador, internet, energía — o compensación proporcional.
- Derecho de desconexión digital: trabajador no obligado a responder fuera de jornada.
- Ergonomía: empleador debe procurar condiciones adecuadas incluso en el hogar.
- Accidentes durante el teletrabajo: cubiertos por CSS si ocurren en jornada y actividad laboral.
- Teletrabajador extranjero: complicaciones migratorias y fiscales — requiere análisis específico.
Es para usted si...
- Empresa que quiere migrar total o parcialmente a teletrabajo.
- Empresa post-COVID que estructura modelo híbrido permanente.
- Trabajador teletrabajador con conflicto por desconexión o equipos.
- Empresa multinacional con teletrabajadores locales o extranjeros.
Requisitos para persona natural
- Contrato o adenda con modalidad teletrabajo pactada.
- Cédula.
- Descripción del lugar de trabajo (hogar u otro).
Requisitos para empresa
- Política de teletrabajo documentada.
- Adendas contractuales.
- Provisión de equipos o compensación por su uso.
- Protocolo de seguridad de datos y ciberseguridad.
Plazos
- Trámite
- Implementación política: 4-8 semanas. Adendas individuales: días.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según complejidad. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Ley 76 de 22 de diciembre de 2020 (Teletrabajo) + Decreto Ejecutivo reglamentario + Código de Trabajo (supletorio).
- Ley 76 de 22 de diciembre de 2020 (Teletrabajo).
- Decreto Ejecutivo reglamentario de la Ley 76/2020.
- Código de Trabajo — régimen supletorio.
- Convenio OIT 177 (teletrabajo).
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
El teletrabajo bien estructurado ahorra costos y mejora clima; mal estructurado genera reclamos por gastos, accidentes en casa y presión post-jornada. Política clara + adendas individuales + provisión de equipos es la fórmula.
Servicios DTR
Diseñamos políticas de teletrabajo, redactamos adendas, estructuramos compensación de gastos y protocolo de desconexión, y defendemos en conflictos.