Constitución de sindicato
El sindicato es la organización de trabajadores o empleadores para la defensa de sus intereses económicos y sociales. Se constituye con al menos 40 trabajadores (sindicato gremial o de empresa) mediante asamblea constituyente, estatutos, junta directiva y solicitud de reconocimiento ante MITRADEL. El registro otorga personería jurídica y derechos de negociación colectiva, huelga y fuero sindical.
- Fuero sindical: los directivos gozan de estabilidad reforzada — no pueden ser despedidos sin causa justa aprobada.
- Libertad sindical: el empleador NO puede discriminar contra afiliados; violación genera restitución + indemnización.
- Estatutos deben ser aprobados por MITRADEL — con revisión de legalidad.
- Cambios en directiva o estatutos: registro adicional ante MITRADEL.
- Sindicato reconocido puede: negociar convención colectiva, declarar huelga (con procedimiento), representar a trabajadores.
Es para usted si...
- Trabajadores de empresa que quieren constituir sindicato.
- Trabajadores gremiales (transportistas, meseros) que buscan asociación.
- Empleadores que constituyen cámara o sindicato patronal.
- Sindicato ya constituido que necesita orientación estatutaria.
Requisitos
- Mínimo 40 trabajadores fundadores (o el número que exija la ley aplicable al momento).
- Acta de asamblea constituyente.
- Estatutos completos (denominación, objeto, órganos, régimen económico, disolución).
- Nombramiento de junta directiva.
- Cédulas de fundadores + lista con firmas.
Plazos
- Trámite
- Constitución (asamblea + estatutos): 4-8 semanas. Reconocimiento MITRADEL: 2-6 meses.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según complejidad. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Código de Trabajo (Decreto de Gabinete 252/1971), Título de sindicatos + Convenios OIT 87 y 98.
- Código de Trabajo — Título sobre sindicatos y libertad sindical.
- Constitución Política, Art. 68 (libertad sindical).
- Convenios OIT 87 (libertad sindical) y 98 (negociación colectiva).
- Reglamentación MITRADEL sobre registro sindical.
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
La constitución sindical es un proceso técnico donde MITRADEL revisa detalles estatutarios estrictamente. Sindicatos mal constituidos pierden meses en observaciones y ajustes.
Servicios DTR
Asesoramos en constitución con estatutos aprobables, gestionamos reconocimiento MITRADEL, y defendemos fuero sindical de directivos amenazados.