Cluster Agenciamiento Naviero — Licencia AMP
El Agenciamiento Naviero es la representación del armador, transportista o cargador ante autoridades panameñas, terminales portuarios, agentes marítimos, tripulación y proveedores del clúster de servicios auxiliares. Es la puerta de entrada al ecosistema portuario para toda nave que arriba a Panamá. La Licencia de Operación AMP tiene vigencia de 10 años y se tramita mediante abogado idóneo ante el Departamento de Concesiones de la DGPIMA. Tarifa oficial B/. 200 anual por empresa autorizada. Cada agencia opera bajo régimen de responsabilidad ampliada por sus actos frente a AMP, ACP, ANA y demás autoridades.
- Vigencia 10 años (AMP). Renovación con anticipación.
- Responsabilidad del agente por actos ante AMP, ACP, ANA y terceros — cadena de responsabilidad con el armador.
- Tarifa oficial: B/. 200 anual por empresa autorizada.
- Los agentes también intervienen en trámites de arribo, despacho, migratorio de tripulación (visas de marino), y coordinación con clúster de servicios auxiliares.
Es para usted si...
- Nueva agencia naviera (constitución + licencia).
- Naviera multinacional con oficina propia en Panamá.
- Broker o consolidador que desea operar como agente.
- Sucursal de agente internacional expandiendo a Panamá.
- Agencia con renovación decenal próxima.
Requisitos
- Poder especial notariado (Código Judicial Art. 627).
- Memorial dirigido al Director General DGPIMA (Res. J.D. 011-2019 Art. 9) con datos del representante legal y empresa.
- Objeto de la licencia y descripción de actividades.
- Áreas marítimas y portuarias solicitadas (Área A: Panamá y Colón / Área B: resto).
- Certificación del Registro Público (personería, representante, poder).
- Certificado de antecedentes personales del representante.
- Aviso de Operación.
- RUC vigente.
- Fianza y garantías bancarias si aplica por norma.
- Pago de la tasa oficial (B/. 200 anual).
Plazos
- Trámite
- 3-6 meses típicos.
- Vigencia
- 10 años (Licencia de Operación AMP).
- Renovación
- Antes del vencimiento con expediente actualizado.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Cotización según complejidad y volumen. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021. Retainer para agentes con operación continua.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Resolución J.D. 011-2019 (AMP) + Ley 57 de 2008 (Marina Mercante) + Código de Comercio (agencia mercantil) + normativa DGPIMA.
- Ley 57 de 6 de agosto de 2008 — Marina Mercante.
- Ley 55 de 6 de agosto de 2008 — Comercio Marítimo.
- Código de Comercio (agencia mercantil).
- Resolución J.D. No. 011-2019 (Junta Directiva AMP), Art. 9.
- Ley 38 de 2000, Art. 70.
- Código Judicial, Art. 627 (formalidades del poder).
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
El agenciamiento naviero es la actividad de mayor cantidad de licencias en Panamá y la puerta natural al ecosistema portuario. Estructurar la agencia con las autorizaciones correctas evita observaciones DGPIMA en cada arribo. DTR articula agencia + agencias satélite (bunker, stevedoring, ship chandler) para grupos empresariales.
Servicios DTR
Diagnóstico, expediente técnico-jurídico, tramitación ante AMP-DGPIMA, monitoreo de vencimiento, defensa en fiscalizaciones AMP. Fuente: https://www.amp.gob.pa/servicios/puertos-e-industrias-maritimas-auxiliares/licencia-de-operacion/