Permiso profesional (10% extranjeros)
Permiso de trabajo del MITRADEL para extranjeros con título universitario. Categoría más común para profesionales contratados por empresas panameñas, sujeto al límite del 10% de extranjeros en la planilla.
- La empresa debe cumplir la cuota 10% de extranjeros. Hay excepciones para SEM, Ciudad del Saber, Panamá Pacífico, Zona Libre de Colón.
- Profesiones reguladas requieren idoneidad ante la Junta Técnica ANTES del permiso MITRADEL.
- El titular puede solicitar reagrupación familiar para cónyuge e hijos como dependientes.
- Si el cliente entró con visa de turista, debe salir y regresar con visa apropiada antes del trámite.
Es para usted si...
- Extranjero con título universitario y oferta laboral formal
- Profesional regulado con idoneidad ante Junta Técnica
- Ejecutivo o técnico especializado con oferta de empresa panameña
Requisitos para persona natural
- Pasaporte vigente
- Título universitario apostillado o legalizado
- Reconocimiento MEDUCA del título (cuando aplique)
- Antecedentes penales apostillados (<6 meses)
- Certificado médico panameño
- Fotos formato SNM
Requisitos para empresa
- Aviso de operación vigente
- Paz y Salvo CSS y DGI
- Planilla con proporción 10% extranjeros
- Contrato de trabajo firmado y sellado ante MITRADEL
- Solicitud de permiso firmada por abogado idóneo
Plazos
- Trámite
- 4 a 6 meses en promedio entre MITRADEL y SNM
- Vigencia
- Alineado a la vigencia de la residencia temporal (2 años)
- Renovación
- Renovable por período igual mientras se mantenga la relación laboral y la cuota.
Costos y honorarios
Costos directos oficiales
Tasa MITRADEL B/.300 + Tasa SNM B/.250 + Reconocimiento MEDUCA (variable) + Apostilla (variable)
Honorarios profesionales
Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según complejidad del caso.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Decreto Ejecutivo 6 de 2023 (permisos de trabajo MITRADEL) + Decreto Ley 3 de 2008
- Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, régimen migratorio de Panamá
- Decreto Ejecutivo 320 de 2008, reglamento del régimen migratorio
- Decreto Ejecutivo 6 de 2023, permisos de trabajo MITRADEL
- Código de Trabajo de Panamá, artículos sobre relación laboral con extranjeros
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
El permiso profesional del 10% es la vía más común para
profesionales extranjeros. En DTR Abogados tramitamos
MITRADEL y SNM en paralelo.
Casos donde esta vía NO es la correcta: empresas en ZLC,
Panamá Pacífico, Ciudad del Saber o SEM tienen régimen
migratorio propio. Jubilados, rentistas o inversionistas
deben usar las categorías específicas por inversión o
pensión.
Idoneidad profesional: el primer paso NO es el permiso
MITRADEL, sino la idoneidad ante la Junta Técnica si es
profesión regulada (medicina, derecho, ingeniería,
contabilidad).