Permisos de trabajo (MITRADEL)

Permiso para refugiados (ONPAR)

Permiso de trabajo para refugiados reconocidos por la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR). Carné temporal mientras se resuelve la solicitud de asilo.

Decreto principal Ley 74 de 1999 (régimen de refugiados) + Decreto Ejecutivo 17 de 1999, artículo 12
Categoría migratoria Permiso de trabajo — refugiados ONPAR
Plazo del trámite Variable según ONPAR
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • El trámite de refugio es paralelo al régimen migratorio general, gestionado por ONPAR (Oficina Nacional para la Atención de Refugiados).
  • El carné de refugiado permite permanencia legal mientras se procesa la solicitud de asilo.
  • El permiso de trabajo se tramita con la resolución ONPAR.
  • Los refugiados tienen trato preferencial; sin embargo, deben cumplir requisitos formales.

Es para usted si...

  • Refugiado reconocido por ONPAR
  • Solicitante de asilo con resolución favorable
  • Persona con carné de refugiado vigente

Requisitos para persona natural

  • Pasaporte o documento de identidad del país de origen
  • Resolución ONPAR de reconocimiento como refugiado
  • Carné de refugiado vigente
  • Antecedentes penales del país de origen
  • Certificado de salud

Requisitos para empresa

  • Empresa con oferta laboral formal
  • Carta de responsabilidad
  • Aviso de operación

Documentos que necesita

  • Contrato de trabajo (si aplica)

Plazos

Trámite
Variable según ONPAR
Vigencia
Alineado al carné de refugiado (6 meses o 1 año)
Renovación
Renovable con carné actualizado.

Costos y honorarios

Costos directos oficiales

Tasa MITRADEL varía según subcategoría TIPO 5A: 5A-1 (admitido a trámite) $30.00, 5A-2 (reconocido) $50.00, 5A-3 (residencia permanente) $100.00 + $30.00 duplicados. Carné de refugiado B/.30.00 primera vez y renovación (Tabla oficial MITRADEL).

Honorarios profesionales

Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según complejidad del caso.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

El permiso para refugiados es específico del régimen de

ONPAR. En DTR Abogados intervenimos cuando:

  1. Solicitantes de asilo — refugiados reconocidos

que necesitan autorización de trabajo.

  1. Renovaciones de carné — refugiados con carné

próximo a vencer.

  1. Desestimiento de solicitud de refugio — cuando

el cliente decide no continuar con el proceso de

asilo y optar por otra vía.

Casos donde esta vía NO es la correcta: si el

cliente NO tiene resolución ONPAR, debe evaluarse el

PPSH u otra categoría de regularización.

Cuéntenos su caso

Le decimos qué necesita, cuánto tarda y cuánto cuesta antes de arrancar. Respuesta en menos de 24 horas hábiles.

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