Reconsideración de resolución SNM
La reconsideración es el primer recurso ordinario contra las resoluciones del SNM que niegan una solicitud migratoria. Se presenta ante la misma autoridad que dictó el acto dentro del plazo legal.
- El plazo para presentar reconsideración es breve (típicamente 5 días hábiles desde la notificación).
- Vencido el plazo, la resolución queda firme y solo cabe la vía contencioso-administrativa.
- La reconsideración debe fundarse en hechos nuevos o errores de derecho — no basta insistir en la misma solicitud.
Es para usted si...
- Solicitante con visa o residencia negada por SNM
- Extranjero con permiso rechazado
- Persona con resolución migratoria adversa reciente
Requisitos
- Notificación de la resolución adversa
- Documento probatorio de subsanación de defectos
- Argumentos legales adicionales
- Poder al abogado si aplica
Plazos
- Trámite
- Plazos legales estrictos según el recurso — le indicamos en la consulta inicial
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según urgencia y complejidad del recurso. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Ley 38 de 31 de julio de 2000 (Estatuto Orgánico de Procedimiento Administrativo) + Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008 (SNM)
- Ley 38 de 31 de julio de 2000 (Estatuto Orgánico de Procedimiento Administrativo) + Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008 (SNM)
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
La reconsideración es la primera línea de defensa cuando el SNM niega una solicitud. Su preparación técnica define si abre camino a la apelación o si la resolución queda firme.
Servicios DTR
Analizamos su caso, verificamos plazos, preparamos el recurso con la técnica requerida y acompañamos hasta la resolución.