Residente provisional

Residencia para misionero religioso

Residencia temporal para misioneros laicos con asignación pastoral específica en Panamá. 6 años, prorrogable cada 2 años con carta de la autoridad religiosa máxima.

Decreto principal Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículos 159-162 (misionero laico religioso)
Categoría migratoria Residente temporal por razones religiosas — misionero laico
Plazo del trámite 15 a 30 días hábiles ante el SNM
Antes de continuar, tenga en cuenta:
  • La visa aplica SOLO a misioneros LAICOS al servicio de la Iglesia Católica u Ortodoxa. Sacerdotes ordenados van por la vía de residente permanente religioso (slug permanente-religioso).
  • La carta de la autoridad máxima es el documento CLAVE. Debe especificar: actividad pastoral, grupo o comunidad, lugar y tiempo de permanencia.
  • El ciclo de prórroga es cada 2 años (no anual). En la prórroga se exceptúan antecedentes penales y tasas.
  • La visa NO incluye permiso de trabajo remunerado. Si el misionero necesita ingresos, la autoridad religiosa debe gestionar permiso adicional.

Es para usted si...

  • Misionero laico de la Iglesia Católica con asignación pastoral en Panamá
  • Misionero laico de Iglesia Ortodoxa asignado a Panamá
  • Laico dedicado a labor pastoral con carta de autoridad religiosa

Requisitos

  • Poder notariado y solicitud
  • 3 fotografías tamaño carné
  • Pasaporte cotejado
  • Certificado de Antecedentes Penales (mayor de edad)
  • Certificado de Salud
  • Declaración Jurada de Antecedentes Personales
  • Carta de la autoridad máxima (Papa, obispo, patriarca)

Plazos

Trámite
15 a 30 días hábiles ante el SNM
Vigencia
6 años, prorrogable cada 2 años
Renovación
Cada 2 años, con excepción de antecedentes penales y tasas.

Costos y honorarios

Costos directos oficiales

Tasa SNM B/.250 (Tesoro Nacional). NO requiere cheque B/.800 SNM.

Honorarios profesionales

Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según duración de la misión.

Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.

Base legal

Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia

La residencia para misionero laico religioso es una categoría

específica del régimen migratorio. En DTR Abogados la

tramitamos para:

  1. Misioneros católicos laicos — comunidades religiosas

con presencia en zonas rurales o urbanas específicas.

  1. Misioneros ortodoxos — Iglesia Ortodoxa con

presencia local.

  1. Laicos religiosos con programas pastorales — misiones

específicas con plazo definido.

Casos donde esta vía NO es la correcta: si la persona

es sacerdote ordenado o ministro, debe solicitar la visa de

residente permanente religioso (slug permanente-religioso).

Cuéntenos su caso

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