Visa de Corta Estancia — Comerciantes e Inversionistas (Leyes Especiales)
Visa para comerciantes e inversionistas extranjeros que vienen a Panamá a analizar oportunidades de inversión en las áreas designadas por la Ley 25/1992 (ZPE, call centers, industria cinematográfica y audiovisual).
- Esta visa NO es visa de trabajo. Es exclusivamente para comerciantes e inversionistas que vienen a ANALIZAR oportunidades de inversión o efectuar transacciones en las áreas designadas por la Ley 25/1992.
- Las áreas cubiertas son: Zonas Procesadoras para la Exportación (ZPE), Call Centers, Industria Cinematográfica, Industria Audiovisual. Para otras áreas de inversión, la vía correcta es la visa de inversionista (residencia).
- Una vez formalizada la inversión, el inversionista debe cambiar a visa de residente por inversión. Esta visa NO sustituye el proceso de residencia.
- La documentación de intención de inversión debe ser específica: tipo de proyecto, monto estimado, área de actividad, plazos. Documentación vaga es rechazada.
Es para usted si...
- Comerciante extranjero que analiza oportunidades de inversión en ZPE
- Inversionista que evalúa establecer call center en Panamá
- Productora cinematográfica que evalúa locaciones en Panamá
- Inversionista del sector audiovisual que viene a explorar el mercado
Requisitos
- Poder notariado y solicitud
- 3 fotografías tamaño carné
- Pasaporte cotejado
- Certificado de Antecedentes Penales
- Certificado de Salud
- Formulario de Declaración Jurada
- Documentación que acredite intención de inversión o transacciones en ZPE/Call Center/Industria Cinematográfica/Audiovisual
Documentos que necesita
- Carta de invitación de ZPE, call center o industria cinematográfica
Plazos
- Trámite
- 10 a 20 días hábiles ante el SNM
- Vigencia
- Según términos y condiciones de la Ley 25/1992. Típicamente hasta 1 año para análisis y exploración.
- Renovación
- Renovable mientras se mantenga el proceso de evaluación de inversión. Una vez formalizada la inversión, debe solicitarse visa de residente por inversión.
Costos y honorarios
Costos directos oficiales
Tasa SNM B/.250 + tasa consular si se solicita en exterior.
Honorarios profesionales
Honorarios profesionales según el Acuerdo CNA 609-A/2021. Cotizamos según el área de inversión y monto a explorar.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículo 54 + Ley 25 de 1992 (zonas especiales)
- Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, régimen migratorio de Panamá
- Decreto Ejecutivo 320 de 2008, artículo 54, régimen de comerciantes e inversionistas
- Ley 25 de 1992, régimen de zonas procesadoras para la exportación
- Decreto Ejecutivo 26 de 2009, modificaciones al reglamento
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
La visa de corta estancia para comerciantes es la antesala
para inversionistas serios que necesitan tiempo en Panamá antes
de comprometer capital. En DTR Abogados la tramitamos para:
- Inversionistas que evalúan ZPE — vienen a Panamá a
visitar zonas francas, evaluar incentivos, reuniones con
autoridades.
- Empresas de call center que evalúan Panamá — vienen a
evaluar mano de obra, infraestructura, régimen de incentivos.
- Productoras audiovisuales — vienen a evaluar
locaciones, infraestructura, régimen de la Ley de Cine
panameña.
Casos donde esta visa NO es la vía correcta: si el
inversionista ya decidió invertir y quiere residir en Panamá,
debe solicitar directamente la visa de inversionista por
inversión inmobiliaria (USD 300K) o inversionista calificado.
Esta visa es solo para la fase de exploración previa.