Recursos ordinarios (apelación, reposición)
Los recursos ordinarios permiten impugnar decisiones judiciales dentro del propio proceso. La apelación es el recurso principal contra sentencias y autos de fondo, se resuelve por el Tribunal Superior. La reposición es contra decretos y providencias interlocutorias, se resuelve por el mismo juez. Bajo el Nuevo CPC (Ley 402/2023), plazos y formalidades se han modernizado con oralidad.
- Plazos perentorios — perder el plazo hace la decisión firme.
- Apelación con efecto suspensivo: suspende la ejecución de la sentencia; sin él, no la suspende.
- Fundamentación insuficiente: el Tribunal Superior puede rechazar sin entrar al fondo.
- En segunda instancia se admiten prueba solo en supuestos tasados.
- Costas: usualmente al vencido; puede haber excepción por vencimiento parcial o buena fe.
Es para usted si...
- Parte vencida en primera instancia que quiere apelar sentencia.
- Parte afectada por auto de fondo (medida cautelar, admisión, incidente).
- Parte afectada por providencia menor que quiere que el mismo juez la reconsidere.
- Empresas con procesos largos donde cada auto puede requerir impugnación estratégica.
Requisitos
- Sentencia o auto a recurrir.
- Escrito de recurso presentado en plazo legal.
- Fundamentación jurídica clara del agravio.
- Copia del expediente para segunda instancia (apelación).
Plazos
- Trámite
- Apelación: 6-12 meses en Tribunal Superior. Reposición: días o semanas (mismo juez).
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Los honorarios se cotizan según complejidad. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Ley 402/2023 (CPC) — recursos ordinarios.
- CPC Ley 402/2023 — apelación (contra sentencias y autos de fondo).
- CPC Ley 402/2023 — reposición (contra decretos y providencias).
- CPC Ley 402/2023 — efectos suspensivo o devolutivo según la naturaleza.
- Acuerdo 744/2025 (Reglamento de Audiencias) para segunda instancia.
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
La apelación no es 'volver a jugar' — es demostrar errores del juez de primera. La estrategia de segunda instancia es distinta: menos hechos, más derecho. Un buen recurso identifica el yerro y lo apoya con jurisprudencia y doctrina.
Servicios DTR
Analizamos viabilidad de recurso, redactamos apelaciones y reposiciones con fundamentación técnica, alegamos en audiencia de segunda instancia y coordinamos con nuestro equipo de casación.