Marca colectiva y marca de garantía
La MARCA COLECTIVA distingue productos o servicios de miembros de una asociación, cooperativa, cámara u otra colectividad con reglamento de uso común. La MARCA DE GARANTÍA certifica que el producto o servicio cumple con estándares o características determinadas por su titular. Ambas se registran ante DIGERPI bajo Ley 35/1996 modificada por Ley 61/2012, con reglamento de uso obligatorio + estatutos + lista de miembros. Tarifa oficial B/. 140.50 por marca colectiva o de garantía.
- Reglamento de uso mal redactado = observación DIGERPI + rechazo.
- Marca colectiva NO se cede como marca ordinaria — sigue reglas del reglamento.
- Miembros deben cumplir reglamento — falta de fiscalización debilita la marca.
- Marca de garantía: el titular no puede usarla para productos propios (independencia).
- Coordinar con IG/DO si hay componente territorial (proceso separado).
Es para usted si...
- Asociación gremial o cooperativa que agrupa productores.
- Cámara empresarial con sello común.
- Denominación regional colectiva (cross-ref: ver IG/DO cuando sea territorial).
- Certificadora que otorga sello de calidad, orgánico, sostenible.
- Organización que gestiona marca de garantía por estándar técnico.
Requisitos
- Poder al abogado idóneo.
- Estatutos de la colectividad o certificado de personería.
- Reglamento de uso de la marca (obligatorio) — quién puede usarla, condiciones, sanciones.
- Lista de miembros / usuarios autorizados.
- Denominación y/o diseño de la marca.
- Clase(s) Niza aplicable(s).
- Declaración de uso o intención de uso.
- Comprobante de pago (B/. 140.50).
Plazos
- Trámite
- 6-12 meses típicos.
- Vigencia
- 10 años renovable.
- Renovación
- Cada 10 años.
Costos y honorarios
Honorarios profesionales
Cotización según complejidad de reglamento + membresía. Aplicamos el Acuerdo CNA 609-A/2021.
Determinados según el Acuerdo CNA 609-A/2021 del Colegio Nacional de Abogados. Le enviamos propuesta escrita con precio cerrado antes de iniciar el trámite.
Base legal
Decreto principal: Ley 35 de 1996 + Ley 61 de 2012 (Propiedad Industrial) + Reglamento + Convenio de París.
- Ley 35 de 1996 — Propiedad Industrial.
- Ley 61 de 2012 — modificatoria.
- Reglamento a Ley 35/1996.
- Convenio de París (art. 7 bis marcas colectivas).
- ADPIC/TRIPS.
Notas de la Firma Ver comentarios según nuestra experiencia
Servicios DTR
Diseño del reglamento de uso, expediente ante DIGERPI, coordinación con asociación/cooperativa/cámara, monitoreo de vencimiento y renovación decenal, y defensa en oposiciones y cancelación. Fuente: https://www.digerpi.gob.pa/cms/marcas-colectivas-garantias